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Ocupación y habitabilidad

La primera ocupación es para obra nueva; la cédula de habitabilidad, para una vivienda que ya existe.

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Son dos documentos distintos que se confunden con frecuencia. La licencia de primera ocupación es para edificios o viviendas nuevos o con gran rehabilitación. La cédula de habitabilidad acredita que una vivienda ya existente cumple las condiciones mínimas para vivir en ella.

Primera ocupación

Se solicita al terminar una obra nueva o una gran rehabilitación. Exige el certificado final de obra y comprobar que lo construido se ajusta a la licencia concedida.

Cédula de habitabilidad

Es un documento técnico que acredita las condiciones mínimas de habitabilidad de una vivienda ya existente. Según el caso se pide para trámites de suministros, venta o alquiler. Un técnico te confirma si lo necesitas y visita la vivienda para emitir el certificado.

Tipo: elige el tuyo

Primera ocupación (obra nueva o gran rehabilitación)

Promotores y propietarios que acaban una obra nueva o una gran rehabilitación.

Trámite probable
Licencia o declaración de ocupación

Qué debes tener en cuenta
  • Primera ocupación tras obra nueva o gran rehabilitación; exige certificado final de obra.
  • Necesita certificado final de obra.
  • La obra debe coincidir con la licencia concedida.
Documentación habitual
  • Solicitud de licencia o declaración de ocupación
  • Certificado final de obra
  • Certificado de eficiencia energética del edificio terminado
  • Acta de recepción de obra

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Cédula de habitabilidad (vivienda existente)

Propietarios de viviendas existentes que necesitan acreditar su habitabilidad.

Trámite probable
Cédula de habitabilidad

Qué debes tener en cuenta
  • Acredita que una vivienda cumple las condiciones mínimas de habitabilidad.
  • Requiere una visita técnica a la vivienda.
  • Si hay deficiencias, el técnico las detalla para corregirlas.
Documentación habitual
  • Certificado técnico de habitabilidad
  • Planos de la vivienda con superficies
  • Reportaje fotográfico de estancias e instalaciones

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Cómo lo hacemos

  1. Eliges si necesitas primera ocupación o cédula.
  2. Subes la documentación de la vivienda o del edificio.
  3. Un técnico revisa o visita el inmueble y emite el certificado.
  4. Presentamos el trámite y te avisamos desde tu cuenta.

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Preguntas frecuentes

¿Se necesita cédula para vender una vivienda?

Depende de la situación y del municipio. Un técnico te lo confirma al estudiar tu caso.

¿Es lo mismo que el certificado energético?

No. El certificado energético mide la eficiencia energética; la cédula de habitabilidad acredita condiciones mínimas para vivir.

¿Cuánto tarda?

Depende de la visita y del Ayuntamiento. Al empezar la solicitud te damos una estimación de plazos orientativa.

Otros trámites

Información orientativa, no es asesoramiento legal. Cada Ayuntamiento tiene su ordenanza y cada caso lo confirma un técnico competente.

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